El
reo Yander Rafael Rodríguez de Cabo de 29 años de edad se encuentra en
huelga de hambre desde hace más de 20 días. La huelga va en protesta a
que fue sancionado a cuatro años de privación de libertad por el
Tribunal Militar de la Región La Habana en la causa 574 de 2013, por el
delito de Cohecho, que asegura que no cometió, según declara su madre,
Aleida de Cabo Silva.
En
el momento de redactar la información el preso se encuentra en el
edificio dos de la prisión del Combinado del Este, en La Habana.
Refirió su madre, que su hijo se hallaba en el Campamento de Trabajo
Forzados, La Lima, municipio Guanabacoa, La Habana cuando ocurrieron los
hechos.
A finales del mes de julio de 2013, el preso Yander Rafael en horas
de la noche se encontraba durmiendo cuando se presentó ante él, el
capitán Fidel, jefe de los guardias. Este le pide que le entregue el
teléfono móvil, entonces, este le respondió que no tenía nada. De
inmediato, le hicieron una requisa. Al no encontrar la evidencia, Rafael
fue conducido a una oficina donde le dijeron que ellos sabían que él
prestaba el teléfono al suboficial Yubisel Leal Velázquez, de 21 años de
edad y jefe de la brigada para que este escuchara música y además, para
que le permitiera ir a su casa.
Al suboficial le hicieron otra requisa y el celular no estaba en su
poder. Le ocupan un par de tenis marca Adidas que un interno nombrado
Osmany González González de 38 años de edad le había prestado.
Los dos presos Yander y Osmany les fueron revocados los privilegios
por seis meses y además fueron trasladados para la prisión 1580. Al mes
de estar en la prisión, un fiscal militar se presentó y les informó que
tenían un juicio por cohecho.
Yander fue trasladado para la prisión del Combinado del Este y Osmany
para Melena del Sur, el militar para la prisión militar de Ganuza.
El 23 de diciembre de 2013, los acusados fueron presentados en juicio
oral de la Sala de Justicia del Tribunal Militar de la Región, La
Habana. Los testigos militares presentados declararon que ellos no
tenían conocimiento de tal teléfono móvil. No habiéndose probado a los
acusados las acciones imputadas, en el caso de Yander Rafael, el fiscal
se basó en que había sido sancionado en otras ocasiones. Hubo
ensañamiento.
Para el acusado suboficial Yubisel Leal Velázquez, los delitos
consumados fueron cohecho con carácter continuado e insubordinación. La
sanción fue de cinco años de privación de libertad. Solo por un par de
tenis y por escuchar música de un celular.
Para los presos acusados Yander Rafael Rodríguez de Cabo, y Osmany
González González, cuatro años de privación de libertad. Al primero, por
prestar el celular que no fue ocupado, sino que fue solo comentado por
un preso, al segundo por prestar al militar un par de tennis Adidas.
En el caso de Yander Rafael, la sanción conjunta es de 15 años de
privación de libertad. En el momento de los hechos, tenía 7 años
extinguidos de 18 años imputados por el delito de robo con fuerza. Diez
años que le faltaban más 4, son 14 años de privación de libertad.
Los militares que propinan severas golpizas y dejan a los presos con
lesiones graves e incapacitados de por vida o los que cometen delitos de
malversación, robo y otros, transitan con relativa impunidad.
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