AL ALTO COMISIONADO DE LA ONU
15-03-2011.
(www.miscelaneasdecuba.net).- De: Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres
La Habana,14 de Marzo 2011
La Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres, dedicada a realizar labores de investigación centradas en impedir y poner fin a los abusos graves contra todos los derechos, trata de sacar a la luz los abusos contra los Derechos Humanos de forma rápida, precisa y persistente, con la visión de un mundo en el que todas las personas disfruten de todos los Derechos Humanos proclamados en la Declaración Universal y en otros instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.
La Habana,14 de Marzo 2011
La Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres, dedicada a realizar labores de investigación centradas en impedir y poner fin a los abusos graves contra todos los derechos, trata de sacar a la luz los abusos contra los Derechos Humanos de forma rápida, precisa y persistente, con la visión de un mundo en el que todas las personas disfruten de todos los Derechos Humanos proclamados en la Declaración Universal y en otros instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.
Cubanos Libres, se dirige al gobierno, los Ministerios, las Organizaciones gubernamentales e Intergubernamentales, los grupos políticos, las Empresas y otros.
Raúl Rodríguez Soto, defensor de los Derechos Humanos y presidente del movimiento 10 de diciembre, lleva recluido desde el 10 de diciembre del año 2005; fue detenido junto con otros tres cuando arribaban a Cuba a bordo de una embarcación en busca de familiares que corrían peligro.
Raúl, fue sancionado a treinta años (30) de privación de libertad en la causa # 100/2006, sentencia 115/2006, seguida por el delito de Tráfico de personas, en la cual expone que fue sometido a un juicio injusto, sin transparencia, totalmente monitoreado por la seguridad del estado cubana, y que los jueces alegaron (como consta en la sentencia en el considerando 5to) que Raúl representaba un peligro para la seguridad nacional.
Raúl expone, que fue procesado y sancionado severamente como castigo y rencillas personales del gobierno cubano; la madre (Adela Soto Álvarez), residente en Miami, pertenece al Centro de Derechos Humanos y Democracia, Brigada 2506, incesante luchadora por los derechos Humanos. Como represalias contra este, el gobierno ha privado del Derecho a realizar una revisión de causa, pese al reclamo de familiares; a esto se le adicionan todas las injusticias y agresiones contra la víctima.
Raúl Rodríguez Soto, ha permanecido por 9 meses ininterrumpidos en las celdas de castigo (47, prisión Combinado del Este), desnudo y sin avituallamiento, por exigir que se le realice una revisión de causa y reclamar un trato justo; ha sido maltratado físicamente con anillas de seguridad puestas, para obligarlo a ponerse el uniforme, cuando éste le hace daño para la piel (confirmación de los médicos), ha sido trasladado a varias prisiones, para dificultarle la visita de familiares; han dejado de llevarlo a turnos médicos, exponiendo las autoridades de que este ha tenido planes de fuga, sin esto nunca confirmarse. (Documentos adjuntos que prueban lo antes expuesto).
Raúl padece de múltiples enfermedades crónicas agudizadas con el cautiverio, que le han afectado el sistema de locomoción confinándolo a una silla de ruedas:
Desorden Sicológico y Bipolar, Esquizofrenia tipo Paranoide (295.32), Úlceras Pértica Gástrica, Deudenitis Crónica Agudizada, Pangastristis Crónica Agudizada, Sacrolumbagia Crónica Agudizada, Hernia Discal con criterios operativos (L4 y L5) y Diabetes, entre otras.
La cónyuge de Raúl (Mabel González Alfonso), ha agotado todos los recursos y mecanismos internos sin resultado alguno. También ha solicitado que se le atienda su caso, en el departamento de revisión penal del Ministerio de Justicia en varias ocasiones, recibiendo respuestas evasivas, ha reclamado en atención a la ciudadanía, Fiscalía, etc. sin resultados algunos. Además de denunciar que recibe acoso por parte de agentes de la seguridad del estado (evidencias en su poder).
Raúl mantiene su conducta y posición política muy firme dentro de la prisión, no ha dejado de denunciar los abusos y atropellos para poner fin a la impunidad por las violaciones de los Derechos Humanos.
Observamos que el tribunal incurrió en el delito de Prevaricación al dictar una sentencia a sabiendas que es injusta;
Observamos que se han violado los artículos 5, 7 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dicen:
5- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
7- Todos son iguales ante la ley y tiene, sin distinción, derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
8- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le amparen contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley.
Observamos que las autoridades cubanas han cometido contra Raúl Rodríguez Soto, actos de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, así violando el acuerdo convenido contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 39-46, de 10 de diciembre de 1984, entrada en vigor el 26 de junio de 1987, de conformidad con el articulo 27-1.
La Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres, expone que los Derechos de Raúl, fueron manipulados por quienes más los violan, lo cual es un verdadero sacrilegio.
Cubanos Libres, insta a las instancias avisadas, que intercedan por lo que está establecido y por respeto hacia la justicia, la legalidad y los Derechos Humanos.
Nombre de la Victima: Raúl Rodríguez Soto
Fecha de nacimiento: 17/10/1967
Domicilio en Los Estados Unidos: 3141 Wilson Boulevard Norte, Naiport, Florida, USA
Domicilio en Cuba: edificio 656 apartamento 12, Zona 18, Alamar, Habana del Este, La Habana, Cuba. (Domicilio del cónyuge).
Teléfono: 7621156 (María Luisa o Antonio)
Profesión u Oficio: Instalador de mármol
Documentación: 67101709924
Denunciante: Joel Lázaro Carbonell Guilar
Documentación: 76011501580
Cargo: Presidente ODHCL
Domicilio: calle A # 7622 int. e/ 1ra y Final, Luyano Moderno, San Miguel del Padrón, La Habana, Cuba
Correo electrónico: carbonellove@gmail.com, joelcarbonell@hotmail.com.
Teléfono: sin teléfono
Raúl Rodríguez Soto, defensor de los Derechos Humanos y presidente del movimiento 10 de diciembre, lleva recluido desde el 10 de diciembre del año 2005; fue detenido junto con otros tres cuando arribaban a Cuba a bordo de una embarcación en busca de familiares que corrían peligro.
Raúl, fue sancionado a treinta años (30) de privación de libertad en la causa # 100/2006, sentencia 115/2006, seguida por el delito de Tráfico de personas, en la cual expone que fue sometido a un juicio injusto, sin transparencia, totalmente monitoreado por la seguridad del estado cubana, y que los jueces alegaron (como consta en la sentencia en el considerando 5to) que Raúl representaba un peligro para la seguridad nacional.
Raúl expone, que fue procesado y sancionado severamente como castigo y rencillas personales del gobierno cubano; la madre (Adela Soto Álvarez), residente en Miami, pertenece al Centro de Derechos Humanos y Democracia, Brigada 2506, incesante luchadora por los derechos Humanos. Como represalias contra este, el gobierno ha privado del Derecho a realizar una revisión de causa, pese al reclamo de familiares; a esto se le adicionan todas las injusticias y agresiones contra la víctima.
Raúl Rodríguez Soto, ha permanecido por 9 meses ininterrumpidos en las celdas de castigo (47, prisión Combinado del Este), desnudo y sin avituallamiento, por exigir que se le realice una revisión de causa y reclamar un trato justo; ha sido maltratado físicamente con anillas de seguridad puestas, para obligarlo a ponerse el uniforme, cuando éste le hace daño para la piel (confirmación de los médicos), ha sido trasladado a varias prisiones, para dificultarle la visita de familiares; han dejado de llevarlo a turnos médicos, exponiendo las autoridades de que este ha tenido planes de fuga, sin esto nunca confirmarse. (Documentos adjuntos que prueban lo antes expuesto).
Raúl padece de múltiples enfermedades crónicas agudizadas con el cautiverio, que le han afectado el sistema de locomoción confinándolo a una silla de ruedas:
Desorden Sicológico y Bipolar, Esquizofrenia tipo Paranoide (295.32), Úlceras Pértica Gástrica, Deudenitis Crónica Agudizada, Pangastristis Crónica Agudizada, Sacrolumbagia Crónica Agudizada, Hernia Discal con criterios operativos (L4 y L5) y Diabetes, entre otras.
La cónyuge de Raúl (Mabel González Alfonso), ha agotado todos los recursos y mecanismos internos sin resultado alguno. También ha solicitado que se le atienda su caso, en el departamento de revisión penal del Ministerio de Justicia en varias ocasiones, recibiendo respuestas evasivas, ha reclamado en atención a la ciudadanía, Fiscalía, etc. sin resultados algunos. Además de denunciar que recibe acoso por parte de agentes de la seguridad del estado (evidencias en su poder).
Raúl mantiene su conducta y posición política muy firme dentro de la prisión, no ha dejado de denunciar los abusos y atropellos para poner fin a la impunidad por las violaciones de los Derechos Humanos.
Observamos que el tribunal incurrió en el delito de Prevaricación al dictar una sentencia a sabiendas que es injusta;
Observamos que se han violado los artículos 5, 7 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dicen:
5- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
7- Todos son iguales ante la ley y tiene, sin distinción, derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
8- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le amparen contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley.
Observamos que las autoridades cubanas han cometido contra Raúl Rodríguez Soto, actos de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, así violando el acuerdo convenido contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 39-46, de 10 de diciembre de 1984, entrada en vigor el 26 de junio de 1987, de conformidad con el articulo 27-1.
La Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres, expone que los Derechos de Raúl, fueron manipulados por quienes más los violan, lo cual es un verdadero sacrilegio.
Cubanos Libres, insta a las instancias avisadas, que intercedan por lo que está establecido y por respeto hacia la justicia, la legalidad y los Derechos Humanos.
Nombre de la Victima: Raúl Rodríguez Soto
Fecha de nacimiento: 17/10/1967
Domicilio en Los Estados Unidos: 3141 Wilson Boulevard Norte, Naiport, Florida, USA
Domicilio en Cuba: edificio 656 apartamento 12, Zona 18, Alamar, Habana del Este, La Habana, Cuba. (Domicilio del cónyuge).
Teléfono: 7621156 (María Luisa o Antonio)
Profesión u Oficio: Instalador de mármol
Documentación: 67101709924
Denunciante: Joel Lázaro Carbonell Guilar
Documentación: 76011501580
Cargo: Presidente ODHCL
Domicilio: calle A # 7622 int. e/ 1ra y Final, Luyano Moderno, San Miguel del Padrón, La Habana, Cuba
Correo electrónico: carbonellove@gmail.com, joelcarbonell@hotmail.com.
Teléfono: sin teléfono
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